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jueves, diciembre 7, 2023
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La histórica «bula» papal que estableció que los indios son gente

Por Federico Cabrera
“No es creíble que exista alguien que poseyendo el suficiente entendimiento para desear la fe, esté despojado de la más necesaria facultad de obtenerla, de aquí que Jesucristo, que es la verdad misma, que no puede engañarse ni engañar, cuando envió a los predicadores de la fe a [cumplir] con el oficio de la predicación dijo: «Id y enseñad a todas las gentes», a todas dijo, sin excepción, puesto que todas son capaces de ser instruidas en la fe; lo cual viéndolo y envidiándolo el enemigo del género humano que siempre se opone a las buenas obras para que perezcan, inventó un método hasta ahora inaudito para impedir que la Palabra de Dios fuera predicada a las gentes a fin de que se salven y excitó a algunos de sus satélites, que deseando saciar su codicia, se atreven a afirmar que los Indios occidentales y meridionales y otras gentes que en estos tiempos han llegado a nuestros conocimientos -con el pretexto de que ignoran la fe católica- deben ser dirigidos a nuestra obediencia como si fueran animales y los reducen a servidumbre, urgiéndolos con tantas aflicciones como las que usan con las bestias”.
Así habló el Papa Paulo III, mediante la bula “Sublimis Deus”, del 2 de junio de 1537, en la que establece, con carácter definitivo, que los indígenas son seres humanos.
Además, la bula condena la esclavitud de los indígenas, y establece que ellos tienen alma y capacidad para razonar, y también defiende sus derechos como seres humanos, entre ellos, el de abrazar la fe cristiana de manera voluntaria y pacífica.
POLÉMICA EN TORNO A LA NATURALEZA DE LOS INDÍGENAS
Y es que durante los primeros años de la colonización de nuestra isla de Santo Domingo y el resto de América por parte de los españoles, primaron dos corrientes de pensamiento con respecto a la condición natural de los indígenas.
Una de esas corrientes, con Fray Bartolomé de las Casas y otros dominicos a la cabeza, entendía que los indígenas eran seres humanos, aunque con un nivel de desarrollo inferior al de los europeos en ese momento.
«Estos, ¿no son hombres? ¿No tienen ánima (alma) como ustedes tienen?», había preguntado Fray Antón de Montesinos en su famoso sermon de adviento de 1511.
De su lado, la otra corriente de pensamiento veía en el indígena una especia de bestia salvaje o casi bestia, es decir, un ser inferior que no había alcanzado completamente la categoría humana.
“Esta gente, destos indios de sí misma es para poco, e por poca cosa se mueren o se ausentan e van al monte; porque su principal intento (…) es comer, e beber, e folgar, e lujuriar, e idolatrar, e ejercer otras muchas suciedades bestiales”, se lee en un documento de la época que es atribuido a uno de los esclavistas que se negaban rabiosamente a considerar a los indígenas como humanos.
Uno de los dos momentos más decisivos para estas discusiones fue el de la elaboración de las Leyes de Burgos u Ordenanzas para el tratamiento de los Indios, firmadas el 27 de enero de 1512, las primeras disposiciones que la monarquía española dictó para el Nuevo Mundo, en las que abolió la esclavitud de los indígenas y se organizó su conquista.
El otro momento fue el de la famosa Junta de Valladolid, célebre debate que tuvo lugar en 1550 y 1551 en el Colegio de San Gregorio, de Valladolid, España, dentro de la llamada polémica de los naturales (indígenas), y que enfrentó dos formas antagónicas de concebir la conquista de América, interpretadas como la de los defensores y la de los enemigos de los indios.
La primera de esas formas era representada por Fray Bartolomé de las Casas, considerado hoy pionero de la lucha por los derechos humanos; y la segunda, por Juan Ginés de Sepúlveda, que defendía el derecho y la conveniencia del dominio de los españoles sobre los indígenas, a quienes además concebía como seres naturalmente inferiores.
«Si no se puede proveer de otro modo el asunto de la religión, es licito a los españoles ocupar sus tierras y provincias, y establecer nuevos señores y destituir a los antiguos)”, sostenía Sepúlveda, mientras que Bartolomé de las Casas negaba que las bulas de donación papal fuesen un título válido de dominio de las tierras descubiertas, y que el emperador tuviese una jurisdicción universal ni derecho a someter a los indígenas o convertirlos forzosamente al cristianismo.
Las Casas decía que con su posición trataba de “librar mi nación española del error y engaño gravísimo y perniciosísimo en que vive y siempre hasta hoy ha vivido, estimando destas oceanas gentes faltarles el ser de hombres, haciéndolos brutales bestias incapaces de virtud y doctrina”.
APORTE DE FRANCISCO DE VITORIA
De su lado, el  dominico Francisco de Vitoria, desde célebre cátedra de la Universidad de Salamanca, había planteado que los indios «no son amentes, sino que a su modo tienen el uso y la razón”.
Vitoria terminaba diciendo: “Por lo que creo que el que no parezcan tan idiotas y romos proviene en su mayor parte de la mala y bárbara educación, pues tampoco entre nosotros escasean rústicos poco semejantes de los animales».
Finalmente, el 2 de junio de 1537, el Papa Paulo III publicó su bula “Sublimis Deus”, en la que prohibía la esclavitud de los indios, por considerar que estos son seres humanos y, como tal, están provistos naturalmente de una serie de derechos que debían ser respetados, entre ellos el de que se les predicara la fe cristiana con métodos pacíficos, evitando todo tipo de crueldad.
«Haciendo uso de la autoridad apostólica, determinamos y declaramos por las presentes letras que dichos Indios, y todas las gentes que en el futuro llegasen al conocimiento de los cristianos, aunque vivan fuera de la fe cristiana, pueden usar, poseer y gozar libre y lícitamente de su libertad y del dominio de sus propiedades, que no deben ser reducidos a servidumbre y que todo lo que se hubiese hecho de otro modo es nulo y sin valor», declaró el Papa.

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